Primera
Parte: Mirando la solución y al cliente.
Uno de los objetivos de la abogacía holística es integrar , unificar, los distintos aspectos del ser humano que se ven involucrados en un conflicto que tiene un marco legal, y lograr una solución del conflicto que también los tome en consideración.
Uno de los objetivos de la abogacía holística es integrar , unificar, los distintos aspectos del ser humano que se ven involucrados en un conflicto que tiene un marco legal, y lograr una solución del conflicto que también los tome en consideración.
a) El
derecho como conjunto de normas, regula
conductas humanas.
Por lo tanto la base del trabajo del
abogado es la conducta que está regulada
por la ley. La ley en principio ( y en forma genérica ) la toma como hecho
desprovisto de emoción, sentimiento y del carácter, personalidad y otras
situaciones del ser humano que la realizó ( hay excepciones y muchas figuras en las que se considera la
intencionalidad ).
Según que disciplina o profesión
utilicemos para evaluar, interpretar o valorizar esa conducta ”concreta”
generadora de un hecho “concreto”; podemos tener muy distintos resultados en la interpretación y valoración de la misma.
Y siempre será el mismo ser humano, la misma conducta y el mismo hecho.
Así un análisis jurídico nos puede
orientar hacia el oeste, el análisis psicológico/terapéutico hacia el este, el
material o económico hacia el norte, el espiritual hacía el sur ( sólo por dar
algunas posibilidades ).
En el centro tenemos a los seres humanos
que se relacionaron o vincularon a través de ese hecho. Los mismos individuos, el mismo actuar, con varias soluciones
diferentes, en muchos casos incluso
opuestas y contradictorias. El problema
es que no suelen utilizarse como soluciones
complementarias. Sino que en cada disciplina o profesión, la misma
cuestión se resolverá de distintas formas.
Pongamos un caso hipotético. Una persona
“ A “paga por un servicio a alguien de su confianza “ B” Este no cumple .
“A”
terapéuticamente este elaborando sus situaciones de haber sido estafado
o de no reclamar lo que le corresponde.
En el ámbito jurídico se evaluará las pruebas que
tiene y el entidad económica. Puede resultar que por ser un tema de bajo monto,
no resulte escuchado o la solución demande demasiados años por lo que quizás no
se considera la posibilidad de una solución. O puede suceder que se rechace la
demanda por falta de pruebas o por una cuestión técnica. Y puede prosperar
exitosamente la demanda. En todos los casos, aun en los primeros, seguramente
el derecho existía en cabeza de “A”.
En el aspecto material el monto puede
ser mucho dinero para “A” , pero para otros individuos puede ser una suma que
ni valga la pena asesorarse.
En el aspecto espiritual “A” puede estar elaborando el perdón y la
entrega de la situación a su creencia, o poner la otra mejilla, etc.
Aquí podemos ver 4 soluciones diferentes
para el mismo hecho y la misma persona, y varias de ellas se oponen entre sí.
“A”
está en el medio saliéndose continuamente de su centro.
En lugar de colaborar con la integración, facilitamos la fragmentación. La
representación grafica que me hago es una persona a la que estamos tirando de un brazo hacia un
lado y del otro brazo hacia otro, y lo mismo con sus piernas. No creo que esa
persona pueda sentir bien, incluso cuando termine de resolver el tema jurídico;
ya que en algunos de los demás aspectos estará insatisfecho y hasta
pudimos colaborar en generarle algún otro conflicto externo o interno.
Para mi eso no tiene ninguna lógica, máxime
cuando los distintos profesionales, podemos conectarnos y tratar de lograr un
objetivo común y hacia el que ir todos armoniosamente, y especialmente considerado
la necesidad del “cliente/ paciente “ Y esto dará mas fuerza ,tranquilidad y paz.
b) Por ello, con la abogacía holística
propongo considerar, previamente a
tomar una decisión jurídica, los
distintos aspectos de nuestro cliente como ser humano. Ello surge mucha
veces de una charla mas profunda, o si hace falta de las interconsultas
necesarias.
A lo dicho debemos agregar que muchas
veces la verdadera motivación ( que lo impulsa a actuar : el miedo, el enojo, el orgullo ? ); o el real interés ( que busca, cuál es su meta moral, material, etc ?) del cliente para litigar , no
es el que suponemos o creemos, o el que nos da “ en principio “ como solución
la legislación. En el caso planteado, puede ser que “A” no busque recuperar el
dinero, o que se le cumpla el trabajo. O que no busque solo alguna de éstas
cosas. Quizás lo que realmente persigue es validación, o recibir una disculpa,
o lograr poner un límite, solo como ejemplos. Incluso mucha gente busca
venganza, algunos solo venganza y en otros casos nos encontramos con un real
reclamo de justicia tapado por el enojo y expresado de esa otra forma.
Cuantas veces los operadores del derecho
sabemos o indagamos que desea o quiere “ verdaderamente “ nuestro cliente ? Los
casos de venganza son los mas fáciles de “ ver – los “. Y algunas excepciones
en las que el cliente tiene claro su sentir y que quiere, y puede verbalizarlo
( si el abogado lo escucha ).
Pero la realidad es que no siempre el
profesional del derecho tiene ese tiempo o sabe escuchar algo distinto a lo
jurídico, o tiene algún entrenamiento mínimo para hacerlo o para indagar un poco mas profundo.
Esto se complica más por el simple y
normal hecho que muchas veces el propio cliente no tiene en claro que busca o
que quiere internamente . No se lo ha preguntado, o la situación en si misma no
le dio el espacio ( situación alarmante : juicio, plazos , temas que se
ignoran, leyes, y todo el bagaje emocional )
no tuvo la posibilidad de quizás sentir-se.
Por ello mucha veces se toman decisiones
que no son las realmente deseadas y aún en casos de juicios exitosos, el
cliente termina desconforme o insatisfecho.
Seguramente en esa solución existe algún conflicto interno con alguna de
los otros aspectos del ser que no fueron percibidos.
Por ello esbocé la siguiente definición para
la abogacía holística : http://iluminandoconflictojuridico.blogspot.com.ar/2014/01/abogacia-holistica-concepto.html
Dentro del perfil holístico, propongo
también, colaborar con el cliente en reducir o erradicar de ser posible, los
miedos, dudas, prejuicios y creencias sociales relacionadas al conflicto
jurídico ( que está potenciado por el conflicto emocional subyacente ).
Los casos así tratados se simplifican y
facilitan mucho, y el cliente suele lograr avances en su propio camino. Ya que
sus decisiones son más conscientes y las
contradicciones internas minimizadas en lo posible.
El terapeuta de A puede
tener información jurídica relevante que puede serle útil en el trabajo en el
consultorio, sin partir ni él o A de premisas falsas o prejuicios. Y el
operador del derecho, también obtiene comprensión,
datos y conocimientos que le ayudarán a lograr mejores resultados del caso, y
disminuir el conflicto.
Algunas veces el conflicto se resuelve
internamente e incluso con la otra persona involucrada, y no se requiere ya de
un trámite judicial ( que posiblemente los separará más en lugar de
conciliarlos ).
Por lo tanto uno de los objetivos de la abogacía
holística es integrar , unificar, los distintos
aspectos del ser humano que se ven involucrados en un conflicto que
tiene un marco legal ( llegue o no esté a los tribunales ); y lograr una solución del conflicto que también los tome en consideración.
Tiene libertad de compartir, difundir o utilizar la presente información en forma total o parcial, mientras respete el derecho de autor, se agregue la fuente donde fue publicada originalmente, y no se la utilice con fin económico alguno. La protección incluye a las denominaciones de abogacía ( o abogad@ ) holístic@, terapéutic@ y/ o consciente en forma conjunta o separada ( para definir un modo o estilo de trabajo profesional ); sin contar con mi autorización expresa por escrito. Para ello previamente deberá realizar un entrenamiento mínimo cuya duración dependerá de varios aspectos de la persona interesada ( ej: filosofía de vida, cualidades innatas o adquiridas, trabajo interno realizado, experiencia práctica; etc
Tiene libertad de compartir, difundir o utilizar la presente información en forma total o parcial, mientras respete el derecho de autor, se agregue la fuente donde fue publicada originalmente, y no se la utilice con fin económico alguno. La protección incluye a las denominaciones de abogacía ( o abogad@ ) holístic@, terapéutic@ y/ o consciente en forma conjunta o separada ( para definir un modo o estilo de trabajo profesional ); sin contar con mi autorización expresa por escrito. Para ello previamente deberá realizar un entrenamiento mínimo cuya duración dependerá de varios aspectos de la persona interesada ( ej: filosofía de vida, cualidades innatas o adquiridas, trabajo interno realizado, experiencia práctica; etc