Mostrando entradas con la etiqueta jurídico. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta jurídico. Mostrar todas las entradas

01 enero 2020

FELICES FIESTAS 2019/2020. RENACER AL AMOR.

LES DESEO UN AÑO 2020, DONDE TUS OBJETIVOS Y PROPÓSITOS SE CUMPLAN, CON AMOR Y PAZ INTERIOR. 

ESPECIALMENTE DESEO E INTENCIONO QUE COMO HUMANIDAD, LOGREMOS UN MUNDO MÁS EQUILIBRADO, INCLUSIVO, RESPETUOSO.

DESEO UN RENACIMIENTO AL AMOR EN TODO SU SIGNIFICADO.



Muchas personas tuvieron un 2019 complejo, duro, difícil (o como cada uno sienta calificarlo). Me encuentro dentro de ese grupo. En lo personal, ésta segunda etapa de transición ( 2017/2019), fue muy intensa.

Sé que todo sucede por algo y " sobre todo " para algo. También; que si nos mantenemos en nuestro eje, nuestra centro esencial y en conexión con nuestra Divinidad ( o con La Divinidad; signifique o sea lo sea para cada uno - dentro o fuera de estructuras religiosas ), llegará antes o después, el momento de la claridad, el conocimiento, la sabiduría o aprendizaje. 
Con ello el descubrimiento del yo aún ocultó, la transformación, la nueva fortaleza y el camino a seguir o cómo seguir en el mismo camino.-

Quienes me conocen a nivel personal ( e incluso quienes desearon abordar sus  temas jurídicos con una mirada y compromiso más interno y profundo ) ; saben que esa filosofía de vida no es sólo tal, sinó que día a día busco moverme y actuar en la vida desde ella.  



Quizás por eso para éstas fiestas, había bosquejado una entrada sobre las situaciones difíciles, y las posibilidad de cambio que ellas nos traen, cuando nos permitimos o atrevemos a mirar mas profundo, más hacia adentro y no hacia el otro ( o ver al otro como señales para nuestra evolución ).
Al momento de completar las ideas y darles forma, se cruzó en mi camino, el video que les comparto en ésta entrada, donde se expresa, mucho de lo que estaba escribiendo.

Los dejo con Elsa Farrus y sus compañeros de camino y hago míos sus deseos.


Tiene libertad de compartir, difundir o utilizar la presente información en forma total o parcial, mientras respete el derecho de autor, se agregue la fuente donde fue publicada originalmente, y no se la utilice con fin económico alguno. La protección incluye a las denominaciones de abogacía ( o abogad@ )  holístic@, terapéutic@ y/ o consciente en forma conjunta o separada ( para definir un modo o estilo de trabajo profesional ); sin contar con mi autorización expresa por escrito. Para ello previamente deberá realizar un entrenamiento mínimo cuya duración dependerá de varios aspectos de la persona interesada ( ej: filosofía de vida, cualidades innatas o adquiridas, trabajo interno realizado, experiencia práctica; etc ). Las imágenes fueron tomadas de la web. Si existe algún derecho sobre ellas, me disculpo y agradezco se mi informe para bajarlas

07 julio 2016

CONSULTA JURIDICA HOLISTICA O CONSCIENTE

La consulta jurídia holistica ( o consciente ), es desde su origen  y por definición, más extensa que la consulta jurídica común. En ésta entrada expongo desde la mirada hacia el cliente ( dado que el profesional  también debe automirarse  en el ejercicio de su rol ).-

Además de recolectar información sobre el asunto legal que  la motiva, se avanza sobre otros aspectos; tales como el sentir del cliente en relación al mismo; sus dudas, sus temores, sus prejuicios relacionados con el sistema judicial y el mundo de los abogados.

También en otros aspectos tales como: determinar que lo impulsa a realizar dicho trámite y que busca con el mismo.  Esta información - en muchos casos -  puede hacer que la solución a buscar y por ende la implementación de la misma, pueda ser muy diferente a lo que se pensó en un origen.

De allí que entre los servicios que el cliente puede recibir, se encuentran , entre otros  ( además de la evacuación de la consulta jurídica propiamente dicha ) :

  • la búsqueda de soluciones que individualmente sean satisfactoria para ese cliente en particular ;  partiendo de su realidad, sentir y creencias;
  • la colaboración por parte del estudio, para que el momento que el cliente debe transitar - muchas veces no grato - le redunde en algún otro beneficio, como puede ser : utilizarlo para conocerse más asimismo; y/o avanzar un poco más en su trabajo de evolución interno;
  • unificar técnicas y creencias conjuntamente con el la tramitación de su caso judicial, con el fin de lograr una sanación de alguna cuestión pendiente;
  • sentirse empoderado en su trámite y ser quien decida sobre sus asuntos;
  • evitar que la solución buscada en ésta área, sea diferente y sobre todo opuesta a la que busca o trabajo en su camino interno, creándose de esta forma más disociación y no unidad;
  • colaboración para que el cliente pueda comprender y entender todas aquellas cuestiones del sistema, que - en muchos casos - no son fácilmente digeridos o aceptados, y muchas veces rechazados. La comprensión colabora con la elaboración interna del conflicto en cuestión y sobre todo del trámite que hay que transitar;
  •  
  • utilización de técnicas terapéuticas para colaborar con la solución del origen del conflicto; 
  • poder trabajar interdisciplinariamente con sus terapeutas -  o ser asistido por algún otro en caso de no contar con los propios - con el fin de unificar criterios y soluciones, así como optimizar las estrategias jurídicas.

Por ello muchas veces hablo de consultas jurídicas terapéuticas o terapéuticas jurídicas, e indistintamente me refiero al consultante como cliente o paciente ( convengamos que además, un trámite judicial requiere de paciencia ).

Por ello me gusta tanto sostener que :


La unión de la razón ( el derecho)
el corazón ( el amor  )
y el espíritu  ( la esencia del ser )
es posible.

Las reuniones en las que se tratan temas más allá de lo jurídico netamente dicho, suelen facturarse por separado, considerando la carga horaria que pueden requerir. En general ésto sucede al comienzo del trámite, pero hay situaciones durante el mismo que ameritan una entrevista de este tipo, ya sea por las decisiones a tomar, o por todo lo que surge y mueve el trámite legal.




Tiene libertad de compartir, difundir o utilizar la presente información en forma total o parcial, mientras respete el derecho de autor, se agregue la fuente donde fue publicada originalmente, y no se la utilice con fin económico alguno. La protección incluye a las denominaciones de abogacía ( o abogad@ )  holístic@, terapéutic@ y/ o consciente en forma conjunta o separada ( para definir un modo o estilo de trabajo profesional ); sin contar con mi autorización expresa por escrito. Para ello previamente deberá realizar un entrenamiento mínimo cuya duración dependerá de varios aspectos de la persona interesada ( ej: filosofía de vida, cualidades innatas o adquiridas, trabajo interno realizado, experiencia práctica; etc ). Las imágenes fueron tomadas de la web. Si existe algún derecho sobre ellas, me disculpo y agradezco se mi informe para bajarlas

25 febrero 2013

A LA HORA DE TOMAR DECISIONES.




Cuando se piensa en cuestiones legales ( y aún más cuando se trata de conflictos que llegan a la etapa judicial ), se los vive y piensa - en general y en forma automática - como  separados totalmente de la esfera de las emociones y de la vida espiritual.
Si bien los juicios provocan mucho movimiento emocional, lo común es intelectualizarlo y separarlo de dicho movimiento. No se acostumbra,  ni cree en la posibilidad de un abordaje " humano " e íntegro del mismo. Para muchos lo legal y las emociones, o lo jurídico y el camino de crecimiento ( ya sea personal o espiritual ) no pueden unirse y se consideran totalmente incompatibles.

Esto es lo mas común o general en el medio jurídico.

Pero quien transita un problema legal es un ser humano. Entonces ¿ como puede considerarse un aspecto de su vida y de su ser, separado del resto de sus personalidad ? 

Incluso -  cuando en muchos casos la cuestión jurídica en si misma, es una secuela de los aspectos emocionales y de la personalidad - se  busca la solución ignorando totalmente la causa.

Para evitar esto y desandar el camino  regresando a la unidad esencial; debemos considerar las condiciones y situaciones personales del justiciable a la hora de la toma de decisiones.

Y  respetarlo en la toma de las mismas. Las elecciones  le corresponden exclusivamente a la parte  y no al operador del derecho.

El mismo debe asesorar y dar los elementos y herramientas para que el involucrado puedo tomar por si mismo dichas elecciones , acompañado en el proceso por el técnico legal.

Algunas veces, esto se complica y dificulta, ya que la persona esta colapsada emocionalmente, o con dudas, miedos o insegura.

Cuando esto sucede, posiblemente espere y desee que su abogado asuma el poder y la libere de la decisión. Pero no siempre podrá ponerse completamente en el lugar de su cliente ni conocer sus intereses, deseos, motivaciones y necesidades al momento de elegir una solución.

Además sabemos que  - solo en pocas excepciones - las mejores decisiones son las que tomamos en primera persona. Raramente en el presente o futuro,  llegaremos a estar seguros, confiados y conformes con las decisiones importantes en nuestra vida que delegamos en otros.
Y  para quién trabaja en su evolución, sabrá que no es la mejor opción, si existía la posibilidad de superar el momento de crisis o límite y actuar por si mismo.

Allí es donde considero fundamental trabajar primero con todos los aspectos que impiden que un cliente tome una decisión jurídica a consciencia y responsablemente, decidiendo sobre sus asuntos.

Hay un margen temporal cuando hablamos de tiempos legales o judiciales; y muchas veces no se cuenta con todo el tiempo que hace falta para llegar a esa decisión desde un trabajo terapéutico completo. Pero igualmente debe y puede asistirse y acompañarse al justiciable en la toma propia de decisiones, colaborando en despejar sus enojos, tomar perspectiva , reconocer su real interés en el caso; etc.

Esto puede lograrse en algunos cosas durante las consultas jurídicas - cuando no se descarte todo este bagaje que acompaña al cliente- ; o en colaboración con los otros profesionales que lo asisten.

En esos casos son sumamente útiles las consultas/sesiones interdisciplinarias, ya que muchos aspectos del cliente se manifiestan durante el conflicto judicial, en forma mas clara que en la vida cotidiana.

Otro beneficio importante del trabajo en equipo es el de evitar que la persona se vea divida y tironeada entre lo que le indica el profesional del derecho que “ debe “ o “ puede “ hacer , y lo que siente en su fuero íntimo, o lo que viene trabajando en su espacio de crecimiento personal .

De esta forma, lo legal y lo emocional o espiritual - si es el caso- pueden encontrarse en un punto de concordancia y ese justiciable actuar en unidad y equilibrio en todas sus esferas.

Si los plazos legales no permiten este tratamiento del caso; hoy en día existen mucha técnicas complementarias que pueden descomprimir la situación con cierta celeridad; permitiendo que dicha persona pueda tomar sus decisiones legales con mas claridad y entereza , mientras continúa con su trabajo interno en el espacio que eligió para ello.
Para colaborar en la toma de decisiones y en base a esta filosofía de trabajo propongo algunos objetivos y ofrezco entre otros los servicios que pueden leerse en la siguiente entrada al blog 

http://www.iluminandoconflictojuridico.blogspot.com.ar/2012/08/servicios-ofrecidos-objetivos-propuestos.html

Tiene libertad de compartir, difundir o utilizar la presente información en forma total o parcial, mientras respete el derecho de autor, se agregue la fuente donde fue publicada originalmente, y no se la utilice con fin económico alguno. La protección incluye a las denominaciones de abogacía ( o abogad@ )  holístic@, terapéutic@ y/ o consciente en forma conjunta o separada ( para definir un modo o estilo de trabajo profesional ); sin contar con mi autorización expresa por escrito. Para ello previamente deberá realizar un entrenamiento mínimo cuya duración dependerá de varios aspectos de la persona interesada ( ej: filosofía de vida, cualidades innatas o adquiridas, trabajo interno realizado, experiencia práctica; etc 



14 mayo 2012

NUEVO SERVICIO JURIDICO: INTEGRADOR DEL ASPECTO EMOCIONAL

Un espacio donde confluye lo legal y jurídico con los aspectos terapeúticos y espirituales; durante el tránsito y solución del conflicto.

       Tengo el agrado de ofrecerles un nuevo perfil profesional donde unifico los conocimientos y modos jurídicos con los conocimientos y modos terapéuticos.

      Les ofrezco este servicio en forma adicional y complementaria al abordaje tradicional de la problemática jurídica.

      Esta direccionado y diagramado tanto para el trabajo con particulares; como para integrarlo a la actividad de sus terapeutas y/o a sus abogados, a quienes les ofrezco la asistencia en la actividad integradora a la que desarrollan.

      El objetivo de este perfil es arribar a un equilibrio entre la actividad jurídica y los aspectos emocionales, situaciones particulares - e incluso espirituales - de la persona que transita una situación legal.

        De esta forma atender en unidad ambos aspectos de su vida, y no de manera aislada, divida o en algunos casos – incluso - contradictoria.

       Es preferible y aconsejable que este abordaje se realice de manera interdisciplinaria, si bien puede llevarse a cabo en forma multidisciplinaria.

      También lo dirijo a aquellos nuevos abogados que saben eligieron su profesión correctamente; pero que no se sienten plenos en el ejercicio de la misma; por una falsa dicotomía entre su sentir vocacional ( e incluso emocional o espiritual ), y la actividad concreta judicial actual.



                             De esta forma:
                            a) Lograr un puente de conexión entre:

-  el aspecto racional del trabajo jurídico que realiza al abogado;  y los aspecto emocionales y de vida de su cliente; que son los que determinarán mayormente sus elecciones  y decisiones jurídicas.
-  la actividad del terapeuta con un paciente que transita situaciones jurídicas y la información legal específica de dicha problemática; pudiendo de tal forma asistirlo con conocimientos reales del conflicto, y posibilidades tradicionales o alternativas de solución.

                 b) Lograr una visión integradora ( holística ) del derecho y su actividad, tanto desde el trabajo concreto con este perfil como a partir de la capacitación particular de abogados  en esta forma de abordaje.

La unión de la razón ( el derecho)
el corazón ( el amor  )
y el espíritu  ( la esencia del ser )
es posible.

                        Los saludo con mis respetos y quedo a disposición para ampliar esta información ( remitiré un mail explicativo con servicios concretos ofrecidos ), evacuar dudas, establecer las posibilidades de intervención en casos concretos, o demás consultas que deseen formularme.
                     Datos de contacto:
                     gabrielaprimozic@gmail.com
                     (011) 15 -3182-1406

Tiene libertad de compartir, difundir o utilizar la presente información en forma total o parcial, mientras respete el derecho de autor, se agregue la fuente donde fue publicada originalmente, y no se la utilice con fin económico alguno. La protección incluye a las denominaciones de abogacía ( o abogad@ )  holístic@, terapéutic@ y/ o consciente en forma conjunta o separada ( para definir un modo o estilo de trabajo profesional ); sin contar con mi autorización expresa por escrito. Para ello previamente deberá realizar un entrenamiento mínimo cuya duración dependerá de varios aspectos de la persona interesada ( ej: filosofía de vida, cualidades innatas o adquiridas, trabajo interno realizado, experiencia práctica; etc