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16 febrero 2016

OBJETIVOS : 2º Parte : Mirando a los operadores del derecho ( abogados y terceros involucrados )


NOTA: ver la 1º parte en : que-objetivo-tiene-la-abogacia Solución y Cliente-

En lo personal, prefiero usar el concepto de operador o facilitador del derecho. El mismo me parece más amplio, y no limitado al significado a los significados de “ abogado “.
También puede incluir a otros involucrados (alguien de otra disciplina), cuando utiliza su saber en el ámbito jurídico, con el fin de colaborar con la claridad y búsqueda de la verdad y el  equilibrio en un caso en particular.

El significado del concepto “ abogado “,  podemos buscarlo dentro de 3 líneas:
1)           La de origen etimológico : La palabra abogacía proviene etimológicamente de las voces  “ ad “ y “ vocare “, significado latino de llamar o dar voces, interpretado en sentido estricto como  “el llamado para interceder por otro mediante la palabra “http://www.buenastareas.com/ensayos/Definici%C3%B3n-De-Abogado/80374702.html
2)           La vinculado con el rol del abogado: La palabra abogado proviene del latín advocātus. Un abogado es un doctor o licenciado en derecho que se encarga de la defensa y la dirección de las partes involucradas en procesos judiciales o administrativos. También puede brindar asesoramiento y consejo jurídico. http://definicion.de/abogado/. Sigue el artículo manifestando que :  Es importante subrayar que existe un documento que se da en llamar “decálogo del abogado” y que se trata de un conjunto de “mandamientos” que se considera que debe cumplir a rajatabla todo profesional del Derecho. Entre aquellas máximas se encuentran, por ejemplo: “ la de amar su profesión, ser leal tanto al cliente como al adversario y también a la propia ley, luchar por la justicia, trabajar duramente, tolerar y tener paciencia.”
3)           Por último contamos con la deontología : Que es la  parte de la ética que trata de los deberes y principios que afectan a una profesión, y que etimológicamente viene del griego “Deontos”, que puede traducirse como “deber u obligación”, y  “Logía”, que es sinónimo de “estudio”. Escribir sobre ésta área, excede ampliamente esta entrada, dado que es una disciplina en sí misma. Como muestra les dejo ésta máxima  de  
Eduardo J. Couture”

“Tu deber es luchar por el derecho; pero el día que encuentres en conflicto el derecho con la justicia, lucha por la justicia”. (“Los mandamientos del abogado”) 



Que tiene que ver todo esto con la abogacía holística, y la mirada hacia el profesional y operador de derecho ?

a) Que en una de sus bases, está el regreso al antiguo  “ concepto de abogado “, donde se encuentran unidos las 3 áreas, recuperando y respetando la deontología jurídica, los mandamientos y decálogos.
b) Otra de las bases, consiste en el entrenamiento y capacidad para  mirar más allá de lo meramente técnico - jurídico. Mirar y buscar, mirar y profundizar, mirar y entender, mirar y encontrar respuestas, mirar y encontrar soluciones.
c) Otra base de éste perfil requiere que no solo miremos al cliente y los demás involucrados, sino que también nos miremos a nosotros mismos, como operadores del derecho. Esto, a medida que lo ejercitamos, e incorporamos en el día a día, nos permitirá ejercer nuestro rol en forma más consciente y objetiva.

Y así, integrar también las 3 líneas conceptuales sobre la abogacía a considerar :
1: Hablar por otro- SIN SER ESE OTRO- . No hablamos ni acordamos en base a nuestro sentir o nuestro creer, el que debemos poder dejar de lado.
2. Asesorar, orientar, informar sobre el derecho ( y gestionar el trámite cuando esto es menester ). Ser respetuosos, con el cliente, el contrario y el colega, y todo las demás cosas que podemos agregar en este y el siguiente punto.
3. Buscar la justicia cuando el derecho aplicable en el caso individual es injusto.
Muchas veces buscar soluciones alternativas o directamente solucionar el origen del conflicto AÚN CUANDO ESTE NO ES JURIDICO, es lograr JUSTICIA; en el sentido amplio del término. Y con este perfil de trabajo, se busca encontrar ese origen. Se va más allá que en una mediación prejudicial, se busca la punta del ovillo enredado para desenredarlo. Es un trabajo artesanal, individual,  no mecánico; y desde ya muy creativo.

Esto nos obliga a hacer y poner lo más y mejor que podemos de nosotros para ser neutrales ( objetivos ) con el caso del cliente, con el contrario y sobre todo con nosotros  mismos; lo que logramos estando conscientes.

Sé que dirán: eso es difícil. Y puedo decirles que para algunos lo será más y para otros menos, y para algunos en lo más mínimo. Es saber por dónde o como comenzar,  tener técnicas adecuadas y  ejercitar….
La base es ser 1º conscientes de cómo podemos afectar o influenciar en un caso cuando involucramos nuestras emociones y creencias. ESTO NO SIGNIFICA NO TENERLAS, YA QUE ESO ES HUMANO; sino darnos cuenta de ellas, luego ver cómo afecta en el trámite, y cómo hacer  para que DURANTE EL EJERECICIO DE NUESTRO ROL; ésto no perjudique el caso. También puede suceder que algo nuestro ( innato o adquirido ), utilizado en nuestro rol, colabore con  mejorar o ayudar en su resolución más positiva.

Lo holístico es integrar unir , ver el todo (abogacia-holistica-concepto.html ) Por lo tanto cuando hablamos de integrar, en la abogacía holística, también debemos considerarnos a nosotros mismos entre los factores a UNIR  .

Para los que creen que la abogacía holística, nada tiene que ver con SER ABOGADO; podrán ver que la esencia de la abogacía holística, en realidad está en el origen mismo de la profesión, partiendo de los significados que podemos buscar sobre el concepto.
Recuerden cuando se decía que el abogado era como el médico “ la “ familia - que conocía el origen de las dolencias por las situaciones familiares-, ó  el sacerdote - quien conocía cada dolor emocional, cada pecado, cada situación del devoto- . Hoy en día, algunas – varias - veces abogado y cliente/cliente y abogado; y los colegas entre sí, parecen más que nunca extraños y hasta en algunos casos  enemigos, unidos por una necesidad ( el juicio ).

Antes que abogados, somos personas, y como tales tenemos nuestros propios intereses, emociones, objetivos , conflictos, etc en relación al caso que aceptamos llevar. Somos una parte más en el caso, y muchas veces no tenemos consciencia de ello. Y sí sumamos a ello que algunas veces ni logramos  “ ver “ realmente al cliente, o al contrario; la base de nuestro trabajo termina siendo una elaboración teórica o retórica desvinculada totalmente de las partes intervinientes. 
Donde quedó aquello que el derecho regula conductas humanas, si nosotros los abogados, dejamos las conductas totalmente de lado al momento de ejercer en nuestra profesión ¿
Un ejemplo: a CUANTOS DE SUS CLIENTES LES CONFORMA “EL MERCADO PERSA  DEL “ TE PIDO/ TE DOY  “ ABSTRACTO ¿?  
Estudiamos toda una carrera, para terminar siendo comerciantes regateando un valor  desprovisto de características o cualidades, razones y motivos ¿

Sé que muchísimos colegas en mi  país y en el exterior, están muy desconformes con esto, dado que así me lo expresan. También sé que muchos no se animan “ a salir del statu quo “ por temor al juzgamiento, y así se debaten internamente, y terminan padeciendo su profesión en lugar de amarla.

            Es sólo cuestión de tomar la decisión. Como dije en otra entrada. No están solos, SOMOS VARIOS.  Sienten que quieren comenzar a  “SER REALMENTE PERSONA  Y ABOGAD@ AL MISMO TIEMPO ¿ O QUIEREN CONTINUAR DESCONFORME INTERNAMENTE ¿

NOTA: ESTA ES 1º PARTE; DADO QUE ESTE ES EL ASPECTO CON MAS SUBTEMAS A CONSIDERAR.
 
Tiene libertad de compartir, difundir o utilizar la presente información en forma total o parcial, mientras respete el derecho de autor, se agregue la fuente donde fue publicada originalmente, y no se la utilice con fin económico alguno. La protección incluye a las denominaciones de abogacía ( o abogad@ )  holístic@, terapéutic@ y/ o consciente en forma conjunta o separada ( para definir un modo o estilo de trabajo profesional ); sin contar con mi autorización expresa por escrito. Para ello previamente deberá realizar un entrenamiento mínimo cuya duración dependerá de varios aspectos de la persona interesada ( ej: filosofía de vida, cualidades innatas o adquiridas, trabajo interno realizado, experiencia práctica; etc ). Las imágenes fueron tomadas de la web. Si existe algún derecho sobre ellas, me disculpo y agradezco se mi informe para bajarlas






27 agosto 2012

SERVICIOS OFRECIDOS. OBJETIVOS PROPUESTOS.

La unión de la razón ( el derecho)
el corazón ( el amor  )
y el espíritu  ( la esencia del ser )

es posible.



OBJETIVOS:

a)  Buscar soluciones a los conflictos jurídicos con un perfil  integrador y sanador.

Para ello se consideran también los demás aspectos de vida  de las partes involucradas ( emocionales y espirituales). 
- Reducir el conflicto; aumentando el compromiso de cada justiciable con su caso y la solución de mismo.
- Procurar reducir las emociones de baja vibración y la discordia, al lograr comprensión de las distintas aristas del problema existente.
- Lograr fortaza en la integración cliente/ abogado, buscando la comprensión mutua.
- Aumentar en el operador del derecho su conciencia ( como " darnos cuenta " ),  de como inside en el trámite nuestras propias desiciones, emociones y crencias.
- Integrar técnicas terapéuticas tradicionales y complementarias  para acompañar al cliente en el proceso y colaborar con su solución.
-Intentar soluciones no tradicionales – pero siempre legales - , que serán plasamadas en documentos jurídicos.

         b) Lograr un puente de conexión  ( desde un punto de vista integrador  ) , entre:

-  El aspecto racional del trabajo jurídico que realiza al abogado;  y los aspecto emocionales y de vida de su cliente; que son los que determinarán mayormente sus elecciones  y decisiones jurídicas.
-  La actividad del terapeuta con un paciente que transita situaciones jurídicas y la información legal específica de dicha problemática; pudiendo de tal forma asistirlo con conocimientos reales del conflicto y posibilidades tradicionales o alternativas de solución.

c)  Formar conciencia en la posibilidad de un ejercicio integrador ( holístico ) del derecho y su actividad.

 Tanto con el  trabajo concreto con este perfil , la difusión de sus posibilidades , como a partir de la capacitación particular de abogados  en esta forma de abordaje.

SERVICIOS OFRECIDOS  a particulares, terapeutas y abogados .

A particulares :


* Trámites legales/judiciales en general.
* Asistencia legal/terapéutica dirigida a acompañarlo  durante la tramitación de casos judiciales, colaborando en  lograr la claridad de su situación, sus objetivos e intereses legales – judiciales; así como la factibilidad de lograr los mismos en el sistema judicial .
* Despejar enojos, miedos, dudas, creencia, y otras aspectos;  para tomar mejores decisiones judiciales.
     * Conocimiento y comprensión de los mecanismos y procesos judiciales ( que le aportará tranquilidad y posiblidad de previsión ).
     * Búsqueda de posibles soluciones jurídicas o extrajurídicas  para el caso a resolver. Estrategias
     * Reconocimiento de los propios actos que pudieron colaborar en la existencia del conflicto; con el fin de colaborar en su solución y  mientras lograr crecimiento personal a partir de la situación jurídica planteada.
      * Preconstitución de pruebas, para fortalecer el reclamo futuro de sus derechos.
     * Información de sus casos  ya en trámite ( al efecto de aclararles dudas que no han logrado evacuar, y/o despejar falsas creencias. )
       * Búsqueda de soluciones  integrales  a través de una visión ampliada del conflicto jurídico ; e intentando formas alternativas de acuerdos.  En su caso, colaborando  con el/los profesional (del derecho y/o de la salud) ya intervinientes.          
     
   A  terapeutas :

 Se aconseja  el trabajo interdisciplinaria para su mayor transparencia, eficiencia y dinamismo; si bien puede abordarse estos servicios en forma multidisciplinaria.  

* Interconsultas con pacientes que transitan trámites legales, con el fin de clarificar las distintas aristas del mismo - evacuar dudas, falsas creencias, etc -, y así poder obtener una visión más realista del expediente o del conflicto extrajudicial. Esto puedo colaborar a discriminar las situaciones de su paciente ( ej: aclarar si comentió actos sancionados por las leyes - ignorados por desconocimiento de la legislación por parte del terapeuta,  o  por ocultamiento o negación del paciente; recabar información jurídica puntual y concreta del caso de su paciente;  para luego continuar asistiendolo en su tratamiento para erradicar miedos infundados, fortalecer aspectos débiles para enfrentar el juicio o negociación, evitar sorpresas por falta de información, prepararse para asistir a audiencias, etc ).
* Colaborar con la búsqueda de soluciones no litigiosas, con un perfil integrador - incluyendo las creencias espirituales -, respetando las normas vigentes.
* Colaborar  en la toma de decisiones que el paciente puede realizar en su espacio terapéutico; el que muchas veces se basa en datos e información errónea, por las dificultades actuales que transita el sistema legal, sus mitos y especialmente  falta de espacios y tiempos en la  vinculación  Cliente- Estudio; ignorancia de las posibles soluciones y sus pro y contra, fata de empoderamiento en las decisiones legales y judiciales - las que muchas veces son tomadas por el operador del derecho sin conocimiento ni participación del justiciable ( a quien le pertenece el derecho ); etc.
       
 A abogados:

Se aconseja  el trabajo interdisciplinaria para su mayor transparencia, eficiencia y dinamismo; si bien puede abordarse estos servicios en forma multidisciplinaria.

Se ofrece colaboración para cubrir la  falta de tiempo que se padece en el medio jurídico para aclarar y explicar los trámites que debe transitar el justiciable y así  definir sus reales y verdaderas necesidades u objetivos, en base a su situación personal íntegra.  También asistir en lograr una mejor vinculación "cliente y estudio ";  al buscar un mayor y mejor entendimiento de la realidad de ambas partes ( tanto del sentir del justiciable como del quehacer del profesional en el derecho - sus posibilidades y límites-  y  de la realidad actual del sistema judicial. ), lo que " aliviana " el trámite y aumenta los resultados del mismo.

* Colaboración con el estudio; con el fin de asistirlo en la etapa de limpieza emocional del caso y así poder encarar el mismo partiendo de  necesidades, intereses y objetivos reales de su cliente (decididos en forma consiente y con conocimiento por parte de éste ).
* Definir cual es la mejor solución - en  dicho momento -  para  ese caso  y ese cliente.
*  Colaborar con una mirada integradora y no tradicional del los casos jurídicos, buscando posibles soluciónes no ortodoxas pero si legales.
 * Además de colaborar como terapeúta holistica, que conoce las leyes y procedimientos asi como la terminología jurídcia por ser abogada;  se puede aportar el estudio varias técnicas tradicionales  y complementarias, para ayudar al mismo a aligerar un trámite, despejando emociones y cargas que lo complican..

Jóvenes abogados:

 * Enseñanza particular dirigida a noveles abogados ( en clases individuales o grupales )           .
* Colaborar en el descubrimiento de su perfil profesional ( fortalezas y debilidades ) y asistirlos a lograr un equilibrio entre el sistema  judicial  y sus valores y principios. Especialmente para aquellos que  sienten que su filosofía de vida , o creencias espirituales, parecieran oponerse o ser contrarias al ejercicion profesional. Esto no es así y es posible lograr una integración, sin violentar ninguna de ambas.
* Supervisión de  sus casos.

NOTA: en todos los casos, la enseñanza que se imparte esta dirigida al desarrollo del razonamiento jurídico tanto lógico como creativo con un perfil holístico ( análisis de casos, investigación; búsqueda del origen real del conflicto, busqueda de soluciones, organización , estilo y perfil propio,  etc ), y al entrenamiento a despertar la consciencia;  y nó a temas específicos del derecho.

Tiene libertad de compartir, difundir o utilizar la presente información en forma total o parcial, mientras respete el derecho de autor, se agregue la fuente donde fue publicada originalmente, y no se la utilice con fin económico alguno. La protección incluye a las denominaciones de abogacía ( o abogad@ )  holístic@, terapéutic@ y/ o consciente en forma conjunta o separada ( para definir un modo o estilo de trabajo profesional ); sin contar con mi autorización expresa por escrito. Para ello previamente deberá realizar un entrenamiento mínimo cuya duración dependerá de varios aspectos de la persona interesada ( ej: filosofía de vida, cualidades innatas o adquiridas, trabajo interno realizado, experiencia práctica; etc