Esta entrada contiene:
-El link de un programa de radio, donde realicé una síntesis de la figura jurídica que se conoce como Mobbing.
-Una aproximación a algunas consideraciones holísticas en el abordaje de la misma.
Otros términos usuales son : Presión o violencia psicológica laboral;
psicoterror. En el mundo se lo conoce con el término MOBBING ; que le dio el psicólogo sueco Leymann, a quien se lo reconoce cono el
pionero en el desarrollo de la temática, en los años 80.
Este tema es muy amplio aún si solo nos mantenemos en
los aspectos netamente jurídicos (
tradicionales ).
En mi caso y en base a mi mirado mas integral del conflicto
jurídico; creo importante destacar también algunos aspectos relacionadas más
con la vida emocional de las partes involucradas.
Es por ello que creo que todo persona que cree ser
victima de un acosador laboral; debe buscar ayuda tanto jurídica como
psicológica.
Otros dos aspectos de interés para un abordaje integral son:
* El trabajo en equipo o interdisciplinario ( o al
menos multidisciplinario ) entre los operadores de la salud emocional y mental
del trabador y los operadores jurídicos.
Si cada uno de estos profesionales, orienta y aconseja cosas
distintas; solo estaremos agravando la situación del paciente/ cliente.
Personalmente tuve la posibilidad de intervenir en un caso
agudo donde mi cliente tuvo una licencia
psiquiátrica de una año. La misma se originó en el acoso psicológico por
parte de su supervisora ( de quien ella era una auxiliar ). Esta trabajadora, llegó a mí promediando dicho
año y previo a su reincorporación.
Con su consentimiento, el de su psicóloga y psiquiatra, pude
comunicarme con estos otros profesionales. En este caso, trabajamos en forma
multidisciplinaria. Pudimos diagramar una estrategia “ jurídica “ encontrando puntos en común y logrando una coherencia en el trabajo. Siempre con
un objetivo de “ sanación “.
Se logró un excelente desenlace sin llegar a juicio. En otra entrada compartiré algo mas sobre este
caso.
* La otra situación a considerar , está relacionada con
las terceras partes involucradas en un caso de mobbing. Estos son los
compañeros de trabajo ( sin discriminar
categorías ).
En general se teme por su propia seguridad ( emocional,
psíquica, física, puesto de trabajo, etc ); y por ello se “ permite tácitamente
el acaso de otro trabajador “ . Este permiso se plasma distintas formas. Desde
el hacer la vista gorda o no querer enterarse de lo que sucede; hasta entrar en
el circulo vicioso del mobbing, participando en él de distintas maneras
indirectas o directas : por ej. repetir formas de dirigirse a la persona, responder
al vacío que el acosador busca, aprobar o festejar los comentarios del mobber o acosador , etc.
La toma de consciencia de esta figura , debe ser realizada
por toda persona que trabaja en un medio donde puede generarse la misma.
Ya que el acosador , no sería tal , si no tuviera ante quien
mostrar y alardear su “pseudo poder “, o
la gran mayoría de sus compañeros desaprobaran su conducta.
En lo inmediato, cada trabajador deberá defender sus
derechos. Pero confío que con el tiempo estas situaciones ( en lugar de
aumentar día a día en las espacios laborales); comiencen a decrecer por no
tener el acosador un caldo de cultivo favorable para su conducta.
También ampliaré en otra entrada sobre este aspecto
holístico o integrador en la mirada de los conflictos jurídicos.
Los invito a escuchar este enlace de 19.27 minutos con una síntesis de esta problemática laboral, que
puede realizar en el programa de radio “ Emprendedores Holísticos “ en Radio
Dakota conducido por el contador y coach Raúl Cardozo.
También invito a particulares, profesionales de la salud
emocional y mental y a colegas del derecho, que deseen hacer aportes sobre el
tema en el blog. Quien desee comunicarse conmigo encontrará los datos para
ello en mi perfil o en el audio.
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